El Congreso ha aprobado, en pleno extraordinario, la proposición de reforma del artículo 49 de la Constitución para eliminar el término “disminuido”. El artículo 49 está incluido en el Título I de los Derechos y Deberes Fundamentales.
La redacción recoge que “las personas con discapacidad ejercen los derechos previstos en este Titulo en condiciones de libertad e igualdad reales y efectivas”. “Se regularán por la ley la protección especial que sea necesaria para dicho ejercicio”. También se añade “Los poderes públicos impulsarán las políticas que garanticen la plena autonomía personal y la inclusión social de las personas con discapacidad”.

Las organizaciones llevan reclamando mucho tiempo el cambio de este concepto acorde con el lenguaje inclusivo que a día de hoy impera en la sociedad. El CERMI pidió la actualización de este artículo ya en 2003. Personas con discapacidad y asociaciones señalan la importancia del cambio constitucional que rompe con la discriminación y la exclusión social que implicaban este tipo de términos.
El lenguaje es la base de la comunicación humana y se crea para entendernos pero también para dar valor, para crear diversidad y para dignificar. Un claro ejemplo de este pensamiento es el manual realizado por COCEMFE llamado “Manual del Lenguaje Inclusivo” que trabaja los conceptos y el lenguaje relacionado con la discapacidad física y orgánica.